Alto Paraná

Embarazada deberá someterse a tratamiento por orden fiscal

Gestante se resistió a seguir los tratamientos.



La fiscal Estela Mary Ramírez, de la Unidad Penal de turno, pidió una medida de protección y apoyo para una gestante de 20 semanas, quien se negaba a someterse a un tratamiento médico, tras recibir una comunicación de los responsables del Hospital Regional de Ciudad del Este al Ministerio Público.

De acuerdo al informe de los profesionales de la salud, la mujer debe continuar con asistencia médica porque su vida y la del feto corrían peligro. Finalmente, la embarazada fue rescatada y se encuentra hospitalizada.

La Fiscalía realizó la petición a la Defensoría Pública para imprimir los trámites correspondientes, considerando la negativa de la mujer de recibir tratamiento médico, pese a que tiene una enfermedad crónica (infección generalizada), que también pone en riesgo de contagio a sus otros tres hijos menores, según el informe de la médica tratante remitido a la Unidad Fiscal de turno.

Al considerar la grave denuncia y atendiendo a las consideraciones de hecho y derecho y las disposiciones establecidas en el Art. 4 de la Constitución Nacional sobre el derecho a la vida, que establece: “El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Se garantiza su protección, en general, desde la concepción”, la fiscal Ramírez requirió la medida de protección y apoyo.

Luego, el Juzgado de la Niñez emitió una medida cautelar y autorizó al plantel médico del Hospital Regional a fin de tomar medidas de atención médica, tratamiento o internación de la paciente, hasta que la vida del niño en gestación no corra peligro.

Igualmente, se debe informar al Juzgado sobre el tratamiento, evolución, posterior alta y traslado de la paciente, según el Auto Interlocutorio número 487 firmado por la magistrada Delsy Cardozo.

Asimismo, el Juzgado intimó a la mujer a fin de someterse al tratamiento médico necesario para salvaguardar la vida de su hijo en gestación, bajo apercibimiento de Ley, que en caso de persistir su renuencia al tratamiento médico, se autoriza el uso de la fuerza pública. Además, de dar intervención inmediata al defensor de la Niñez de turno.