Policiales y Judiciales

Solicitan prisión de hombre que mató de 7 balazos a su compañero

El sindicado presuntamente mató de 7 balazos a su compañero de trabajo, tras una pelea.



La agente fiscal María del Carmen Meza, de la Unidad Penal de Iruña, formuló imputación contra Cristian Javier Meza Peralta (40) por el supuesto hecho punible contra la vida (homicidio doloso), conforme al artículo 105, inciso 1°, del Código Penal. El sindicado presuntamente mató de 7 balazos a su compañero de trabajo, tras una pelea.

El crimen ocurrió el 28 de junio de 2025, alrededor de las 18:00, en una granja ubicada en el barrio Imperial de colonia Toro Kua, distrito de Ñacunday, al sur del departamento de Alto Paraná. En el lugar, Meza Peralta y la víctima Eusebio Villanueva Segovia habrían estado consumiendo bebidas alcohólicas y luego iniciado una discusión, presumiblemente por cuestiones particulares, la cual derivó en una pelea cuerpo a cuerpo.

Seguidamente, el presunto homicida tomó un arma de fuego, presumiblemente un rifle calibre 22 mm que se encontraba en el lugar, y realizó ocho disparos contra su oponente ocasional. Siete de los proyectiles impactaron en la víctima, produciéndole heridas en la región de la mandíbula, tórax y abdomen, así como un refilón en la región temporal derecha, ocasionándole la muerte por “shock hipovolémico”, según el diagnóstico del médico forense.

Tras ser alertados sobre el homicidio, efectivos policiales de la zona acudieron al lugar y fueron recibidos por Cristian Meza, quien reconoció el hecho y manifestó a los intervinientes que había intentado defenderse durante la pelea y entregó voluntariamente el rifle calibre 22 mm, utilizando para el homicidio doloso.

Posteriormente, intervino la fiscal María del Carmen Meza, quien luego de reunir diversos elementos de sospecha, presentó la imputación y solicitó al Juzgado Penal de Garantías la aplicación de la medida de prisión preventiva, considerando la gravedad del hecho, y el peligro de fuga u obstrucción, y la alta expectativa de pena privativa de libertad.

Asimismo, se requirió un plazo de seis meses de investigación, conforme a lo dispuesto en el artículo 324 del C.P.P., a fin de formular acusación y reunir todos los elementos de prueba necesarios para sustentar el requerimiento conclusivo.