Policiales y Judiciales

Condenan a 2 años y 3 meses a ladrón que saqueo una vivienda 

De acuerdo con los antecedentes, el hecho ocurrió en la madrugada del 3 de septiembre de 2024, cuando el sindicado ingresó al domicilio de Sixto Dávalos.



 El fiscal Edgar Delgado consiguió una sentencia condenatoria de 2 años y 3 meses para Osmar Rufino Barreto Vázquez, tras un juicio oral realizado en el Palacio de Justicia de Ciudad del Este. El acusado fue hallado culpable por hurto agravado tras un minucioso análisis de pruebas y testimonios. 

De acuerdo con los antecedentes, el hecho ocurrió en la madrugada del 3 de septiembre de 2024, cuando el sindicado ingresó al domicilio de Sixto Celestino Dávalos, en el km 4 Monday, barrio Salto Monday, en Presidente Franco para consumar el ilícito. En ese momento, el propietario no se encontraba en su hogar.   

Barreto Vázquez rompió el candado de un portón y una ventana para ingresar al interior de la vivienda, de donde sustrajo diversos objetos de valor, como ser una motocicleta, de la marca Taiga; un televisor de 32 pulgadas, marca Aiwa; una hidrolavadora, una licuadora, calzados y prendas de vestir.   

Tras el saqueo, la víctima logró identificar al acusado mediante las imágenes de las cámaras de circuito cerrado de un vecino, que captaron el momento del hecho. El testimonio de Dávalos y las declaraciones de los policías intervinientes corroboraron la implicancia de Barreto, quien luego detenido. Las imágenes fueron incluso difundidas por redes sociales, lo que facilitó su identificación y posterior procesamiento. 

Posteriormente, en el juicio, el Tribunal, integrado por los jueces Serafín González, Milciades Ovelar y Emilia Santos, evaluó detenidamente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, las cuales demostraron la participación directa de Barreto Vázquez en el hecho.   

Se corroboró que el acusado forzó el candado y rompió la ventana para ingresar al domicilio y cometer el hurto, cumpliendo con los elementos establecidos en el artículo 162 del Código Penal Paraguayo, en su modalidad de hurto agravado. En consecuencia, el Tribunal determinó que la conducta del acusado fue típica, antijurídica y reprochable, condenándolo a 2 años y 3 meses de pena privativa de libertad.