
Acusan a guardia de seguridad como coautor de extorsión contra turista
Con relación al hecho, con anterioridad fueron procesados Fidel Tillería, Ricardo Alberto Gómez Cardozo y Aldo Ramón Pedrozo Pérez.
El Ministerio Público, a través del agente fiscal Gabriel Segovia Villasanti, formuló acusación contra el guardia de seguridad Silvino Díaz Gutiérrez por la comisión del hecho punible de extorsión, previsto en el artículo 185, inciso 1, en concordancia con el artículo 29, inciso 2, del Código Penal, en calidad de coautor, y solicitó la elevación de la causa a juicio oral y público. Con relación al hecho, con anterioridad fueron procesados Fidel Tillería, Ricardo Alberto Gómez Cardozo y Aldo Ramón Pedrozo Pérez.
De acuerdo con los antecedentes, el hecho ocurrió el 4 de enero de 2025, dentro del Shopping Mina India en el microcentro de Ciudad del Este. En esa ocasión, Tillería y Gómez, presuntos guías turísticos, abordaron a los turistas brasileños Mayara Da Silva Lima y Kalenmax Aleilo Da Silva, ofreciéndoles celulares. Al no contar con dinero en ese momento, retuvieron a la fuerza al hombre y obligaron a la mujer a viajar a Foz de Yguazú (Brasil) acompañada por un hombre en motocicleta para retirar el efectivo.
Durante ese lapso, ambos extranjeros fueron amenazados. A Mayara le dijeron que su esposo estaba herido y debía entregar todo su dinero para salvarlo, mientras a Kalenmax le advirtieron que matarían a su esposa si no entregaba lo solicitado. El hombre entregó documentos personales y 3.500 reales, y la mujer fue forzada a transferir 2.000 reales vía PIX y entregar 15.000 reales en efectivo. Posteriormente, este dinero sirvió para liberar a su marido. Tras la denuncia, Tillería, Gómez Cardozo y Pedrozo Pérez fueron imputados por la Fiscalía. Se comprobó que el biciclo utilizado para trasladar a Mayara a Foz de Yguazú pertenece al último de ellos.
La acusación señala que Silvino Díaz Gutiérrez, en su calidad de guardia de seguridad del centro comercial, fue testigo directo de la situación irregular, observó cómo el ciudadano brasileño era retenido por los presuntos autores, e incluso ignoró el pedido de auxilio de la víctima, quien manifestó que estaba retenida contra su voluntad. Además, cuando los agentes del Departamento de Seguridad Turística de la Policía Nacional acudieron al sitio, el guardia intentó obstaculizar su ingreso, protegiendo así a los presuntos autores del hecho.
La administración del Shopping Mina India, representada por Laura Clarizza Ayala González, confirmó en una ampliación de la nota N.º 04/2025 que el funcionario Alcides Báez alertó al acusado sobre la presencia de turistas rodeados por supuestos guías ilegales en el fondo de la galería. Sin embargo, el sindicado no dio aviso a la administración ni activó protocolo alguno, omitiendo deliberadamente su deber de informar.
El Ministerio Público sostiene que la conducta de Silvino Díaz Gutiérrez fue dolosa, antijurídica y reprochable. El acusado actuó con conocimiento de causa, omitió su obligación de actuar y facilitó con su pasividad la comisión del delito. La Fiscalía considera que su conducta se ajusta plenamente al tipo penal de extorsión en calidad de coautor, ya que buscó un beneficio patrimonial indebido al colaborar con el hecho punible.
Como sustento de la acusación, el fiscal Segovia Villasanti ofreció un conjunto de pruebas testimoniales, documentales y materiales. Entre ellas, se incluyen las
declaraciones de las víctimas, efectivos policiales intervinientes, funcionarios del shopping, actas de procedimientos, toma fotográfica de los coimputados, informes policiales, dispositivos de grabación del circuito cerrado, un pendrive con evidencias, dos réplicas de arma de fuego, una bandolera y documentación sobre la entrega de dinero recuperado.
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