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Venta de bebidas alcohólicas queda prohibida desde las 19:00 de mañana

El consumo está permitido en el domicilio, no así su comercialización hasta el mismo horario del domingo.



Una ley poco agradable para muchos es la 834/1996, del Código Electoral Paraguayo, la cual prohíbe la venta de bebidas alcohólicas desde 12 horas antes del inicio de las elecciones municipales o generales, hasta dos horas después del cierre de los locales de votación en todo el país.

Esto significa que la venta de bebidas alcohólicas no podrá realizarse desde las 19:00 del sábado 9 de octubre, hasta el mismo horario del domingo, no así el consumo en el domicilio.

Los restaurantes podrán abrir normalmente, pero no podrán vender las bebidas, por lo que no tendrá mucho sentido que la gente acuda a los bares, principalmente. Los encuentros en domicilios o una reunión familiar están permitidos.

Los locales que incumplan con esta ley pueden ser sancionados con una multa que va entre G. 4.402.550 y G. 17.610.200.

Por el mismo periodo de tiempo también está prohibido la aglomeración de personas en un radio inferior a 200mts de cada local de votación. Los espectáculos públicos tampoco podrán realizarse en ese periodo de tiempo.