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Certificado de Acta de Nacimiento se puede obtener de manera digital

desde la página web del Registro del Estado Civil que enlaza con el Portal Único de Gobierno.



El Registro del Estado Civil (REC) puso a disposición la Expedición Digital de Certificado de Acta de Nacimiento, para aquellas personas que precisen obtener este documento, desde la página web del Registro del Estado Civil que enlaza con el Portal Único de Gobierno.

En el marco de la innovación institucional en tecnología y con el objetivo de brindar el mejor de los servicios, los interesados en obtener su Certificado de Nacimiento podrán utilizar esta opción y deberán ingresar desde el botón Expedición Electrónica que derivará al Portal Único del Gobierno.

El proceso es rápido y sencillo. Una vez ingresada su identidad electrónica deberá ir al Menú del Registro del Estado Civil, y seleccionar Certificado de Acta de Nacimiento, seleccionar Generar nuevo, se previsualizará el Certificado del Acta de Nacimiento, para la verificación de los datos.

En caso de que no genere su certificado de Nacimiento o que le despliegue un mensaje de error: Los certificados de las actas que no se encuentren digitalizadas, se deberán solicitar de forma presencial, y se expedirán de forma tradicional.

Si el documento se solicita en la oficina del Registro del Estado Civil donde fue inscripto se podrá retirar en el día.

En el caso de ser solicitado en la Sede Central o en alguna de las cabeceras departamentales se le entregará una contraseña para su posterior expedición física o electrónica.

Por último, deberá seleccionar la forma de pago, seguidamente se desplegará el certificado solicitado con la firma electrónica del Director General y cuenta con código QR de verificación.

El Registro de Estado Civil sigue trabajando incansablemente para proporcionar un servicio registral y documental eficaz y oportuno con el que se pueda asegurar a los ciudadanos el acceso a sus certificados de nacimientos.

El desarrollo de esta prestación se dio mediante tareas conjuntas entre entidades estatales para el beneficio de los usuarios de servicios registrales.