Ciudad del Este

Confirman condena de 22 años para abogado acusado por Feminicio

Los camaristas Mirian Brítez Aguilar, Marta Acosta Insfrán y Raúl Insaurralde confirmaron íntegramente y por unanimidad la sentencia definitiva.



La Primera Sala de la Cámara de Apelaciones de la Sexta Circunscripción Judicial de Alto Paraná confirmó la condena de 22 años de pena privativa de libertad para el abogado Matías Augusto Añez Marecos, sentenciado en primera instancia por el hecho de Feminicidio.

Los camaristas Mirian Brítez Aguilar, Marta Acosta Insfrán y Raúl Insaurralde confirmaron íntegramente y por unanimidad la sentencia definitiva N° 34, en todas sus partes, dictada el 2 de agosto de 2019 por el Tribunal Colegiado de Sentencia, presidido por el juez Óscar Gabriel Genez y conformado por los magistrados Lourdes Morínigo y Evangelina Villalba, recaída en el Juzgamiento Oral llevado a cabo en contra de Añez Marecos.

La representación del Ministerio Publico estuvo ejercida por la agente fiscal Antonia Vanesa Candia Acosta, quien igualmente había realizado la investigación del caso y presentado la acusación en su tiempo y forma. La misma sustentó la acusación durante el Juicio Oral, que duró 4 meses, y solicitó 30 años de prisión para el acusado.

Por la querella adhesiva estuvieron los profesionales Juan Benítez y Sergio González. Mientras, la defensa estuvo ejercida por los abogados Óscar Tuma (padre) y Rodrigo Sanabria, quienes apelaron la sentencia de primera instancia que fuera confirmada por la Cámara de Apelaciones.

ANTECEDENTES DEL CASO

Refieren los datos, que el crimen ocurrió el 3 de diciembre del 2017, entre las 19:30 y 20:00 horas, en el edificio Yukyry, ubicado en la avenida Adrián Jara y Pampliega del centro de Ciudad del Este. En aquella oportunidad, el abogado Matías Augusto Añez se encontraba en compañía de su concubina Alba Gabriela Dávalos Cáceres en el departamento D, cuando iniciaron una discusión y forcejeo.

En un momento dado, el hombre arrojó a su pareja desde el octavo piso, produciéndose la caída de la mujer en el balcón de la planta gastronómica del referido complejo, sufriendo múltiples lesiones que le causaron la muerte casi en forma instantánea.

Tras cometer el Feminicidio, el actuar del profesional del derecho quedó registrado en el circuito cerrado del referido edificio, como también la manera en que ocultaron las evidencias que lo comprometían, sin que el mismo se percate de que estaba siendo filmado.

A lo largo de la investigación, la fiscal Vanesa Candia realizó diversas diligencias, entre ellas la necropsia que estuvo a cargo de profesionales de la Dirección de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Fiscalía General del Estado. El examen del cuerpo de la víctima, realizado el 22 de diciembre de 2017, contó con el acompañamiento del juez de garantías Carlos Vera Ruiz y fue determinante para la conclusión de los peritos en la dinámica de la caída.

Asimismo, realizó el allanamiento del edificio para la obtención de las filmaciones, que fueron peritadas por técnicos del Laboratorio Forense, al igual que el teléfono entregado por una amiga de la víctima.

Para la Cámara de Alzada fueron bastantes sólidos los argumentos del Tribunal de Sentencia, especialmente la explicación de la forma en que Alba Gabriela fue arrojada, circunstancias suficientemente fundamentada, como también la comunicación telefónica realizada por la víctima antes de morir.

Además, de otros numerosos medios probatorios que valoraron en forma detallada y precisa, conforme a la sana crítica, concluyendo que la sentencia atacada posee firmes argumentos y no como lo señala la defensa técnica.